En el ordenamiento jurídico chileno, la violencia intrafamiliar (VIF) constituye una materia de especial sensibilidad y tratamiento dual, regulada tanto en el ámbito penal como en el derecho de familia. Esta distinción es clave para comprender las vías de acción disponibles, las normas aplicables y las consecuencias jurídicas que se derivan de cada una.
- Normativa aplicable
El marco legal fundamental en materia de VIF se encuentra en la Ley N° 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar, que establece definiciones, procedimientos y medidas de protección para las víctimas. Además, se articulan normas del Código Penal, Código Procesal Penal, y la Ley de Tribunales de Familia (N° 19.968). - Vía de familia: protección y resguardo de la víctima
Cuando la denuncia de violencia intrafamiliar no reviste carácter de delito (por ejemplo, episodios de maltrato leve o psicológico sin lesiones graves), el caso es conocido por los Juzgados de Familia. Su objetivo es la protección inmediata y efectiva de la víctima y la reeducación del agresor, más que la sanción penal propiamente tal.
En esta vía se pueden decretar medidas cautelares urgentes, tales como:
Prohibición de acercamiento al hogar o lugar de trabajo de la víctima
Salida del agresor del domicilio común
Prohibición de porte de armas
Obligación de asistir a programas de intervención
Las sanciones posibles incluyen amonestaciones, multas, o ingreso obligatorio a programas de tratamiento o control de impulsos, según la gravedad de los hechos y la reincidencia.
- Vía penal: sanción del delito
Cuando los hechos constituyen delitos —como lesiones, amenazas, abuso sexual, entre otros— se activa la vía penal, a través del Ministerio Público y con conocimiento de los Juzgados de Garantía y Tribunales Orales en lo Penal. En este contexto, la violencia intrafamiliar puede calificarse como un delito agravado cuando ocurre entre personas que tienen o han tenido una relación familiar o de convivencia, conforme al artículo 5° de la Ley 20.066 y el artículo 361 y siguientes del Código Penal.
Las consecuencias penales incluyen:
Penas privativas de libertad (presidio menor o mayor, según la gravedad)
Prohibiciones de acercamiento a la víctima
Supervisión por Gendarmería
Inclusión en el Registro de Condenados
Además, la reincidencia puede constituir un agravante relevante en el juicio penal.
- Interrelación entre ambas vías
Es posible que una causa se tramite simultáneamente en ambas sedes, cuando los hechos lo ameriten: por ejemplo, en familia para dictar medidas de protección, y en penal para perseguir responsabilidad delictual. En estos casos, es crucial coordinar las medidas entre tribunales y asegurar una respuesta integral a la víctima. - Importancia del enfoque integral
El tratamiento legal de la violencia intrafamiliar en Chile busca proteger los derechos fundamentales de las víctimas, particularmente mujeres, niños, niñas y adolescentes, con un enfoque preventivo, sancionador y reparador. No obstante, el éxito de estas acciones depende en gran medida del acompañamiento psicosocial, el acceso oportuno a la justicia, y la correcta articulación entre los tribunales de familia, penales y organismos especializados.